No. En Andalucía no existe la cédula de habitabilidad que piden otras comunidades. Su papel lo cumple la licencia o, en la mayoría de casos, la declaración responsable de ocupación, que se presenta en el ayuntamiento con un certificado técnico (artículo 138 de la LISTA). Es el documento que suelen pedir las compañías de luz y agua y que conviene tener para vender o alquilar.
Cuándo basta una declaración responsable
El artículo 138 de la LISTA somete a declaración responsable:
- La ocupación o utilización de edificaciones terminadas que tienen licencia o declaración responsable de obras, cuando se ajustan a ellas.
- La ocupación de edificaciones existentes en suelo urbano, conformes con el planeamiento, que no han tenido obras.
Cuándo no basta
Si la vivienda se construyó sin licencia o no se ajusta a ella, primero hay que regularizarla: legalización si cumple el plan, o AFO si ha prescrito. Sin ese paso no se puede presentar la declaración de ocupación.
Qué necesitas
- Licencia de obra original o escritura.
- Referencia catastral.
- Certificado técnico de que la vivienda está terminada y cumple las condiciones.
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Preguntas frecuentes
Me piden la cédula para dar de alta la luz, ¿qué presento?
La declaración responsable de ocupación presentada en el ayuntamiento, o la licencia de ocupación si tu vivienda la tiene.
¿Caduca?
No caduca como un certificado energético, pero si haces obras importantes puede hacer falta una nueva.
Fuente legal: Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (texto consolidado en el BOE). Esta guía es informativa; cada caso necesita revisar la normativa municipal.