Licencia de obra o declaración responsable: qué necesita tu obra

Por Álvaro Francisco García López, arquitecto colegiado n.º 19625 (COAM). Revisado en octubre de 2026.

En Andalucía, las obras pequeñas que no necesitan proyecto y las reformas en edificios de suelo urbano que no cambian la ocupación, la altura, la edificabilidad ni el número de viviendas se hacen con declaración responsable (artículo 138 de la LISTA). Las obras nuevas, las ampliaciones, las piscinas, las segregaciones y divisiones horizontales y los cambios que aumentan el número de viviendas necesitan licencia (artículo 137). El ayuntamiento tiene tres meses para resolver una licencia desde que la documentación está completa.

Ejemplos frecuentes

ObraTrámite habitual
Cambiar suelos, alicatados o la cocina sin tocar la distribuciónDeclaración responsable (u ordenanza que la exima)
Reforma interior de un piso en suelo urbano sin aumentar superficieDeclaración responsable con memoria técnica
Placas solares o mejora energética en una casa en suelo rústico conformeDeclaración responsable
Ampliación, nueva planta, porche cerradoLicencia con proyecto
Casa nueva o casa modularLicencia con proyecto
PiscinaLicencia
Local a viviendaLicencia (aumenta el número de viviendas)
División horizontal o segregaciónLicencia

Cada ayuntamiento concreta estos supuestos en sus ordenanzas. Te lo confirmamos en la primera consulta.

Plazos

Con una declaración responsable puedes empezar desde su presentación, aunque el ayuntamiento la comprobará después. Una licencia se resuelve en un máximo de tres meses desde que la documentación está completa; si no hay respuesta, se entiende concedida, salvo que lo pedido vaya contra la normativa (artículo 140).

Preguntas frecuentes

¿Puedo empezar la obra con la declaración responsable?

Sí, desde que la presentas con la documentación completa. Si algo no encaja, el ayuntamiento puede pedirte que lo corrijas o parar la obra.

¿Quién firma la memoria técnica?

Un técnico competente: arquitecto o arquitecto técnico, según la obra.

Fuente legal: Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (texto consolidado en el BOE). Esta guía es informativa; cada caso necesita revisar la normativa municipal.

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